Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena ¿TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO¿ (Destacamento de Trabajo) que le fuera otorgada al penado JOSÉ MIGUEL PINTO TORO, titular de la Cédula de Identidad N°V-14.451.095, por este Juzgado en fecha 07 de enero de 2000; de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 512 ejusdem, en concordancia con lo establecido en el artículo 479 numeral 1° ibídem, en virtud de no haber dado cumplimiento a las condiciones que le fueron impuestas. Como consecuencia de lo anterior y en virtud que el penado se encuentra recluido en el Internado Judicial Región Capital Rodeo II, se acuerda la práctica del cómputo de pena correspondiente