Por todos los motivos precedentemente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la falta de jurisdicción del juez, o la incompetencia de éste, o la litispendencia, o que el asunto deba acumularse a otro proceso por razones de accesoriedad, de conexión o de continencia, en el juicio que por DECLARACIÓN DE INDIGNIDAD siguen los ciudadanos JUAN TRINO MORÍN RODRÍGUEZ y AGUSTINA LÓPEZ DE MORÍN, en contra de la ciudadana LILIANA ALESSANDRA VILLARROEL BASTIDAS, todos plenamente identificados.
De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Códig.....