PRIMERO: Se Declara incompetente para conocer de la presente acción de amparo incoada por el ciudadano FÉLIX ANTONIO DUGARTE MORENO, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.464.383.
SEGUNDO: Declara Conflicto de No Conocer, a tenor de lo dispuesto en el artículo 79 del texto adjetivo penal; en virtud la declinatoria de competencia efectuada en fecha 20 de noviembre de 2003, por el Juzgado Sexto en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y sede; conforme con lo establecido en los artículos 55, 64 numeral 4, primera parte y 67, todos del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia declinó el conocimiento de la causa a este Juzgado Primero en Funciones de Juicio. ************************************
TERCERO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, por cuanto la misma es el superior común de este Tribunal y el abstenido, a fin que resuelva el conflicto planteado. En consecuencia se.....