En virtud del razonamiento anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, OTORGA la medida alternativa de cumplimiento de pena de REGIMEN ABIERTO al penado NICOLAS RENGIFO, titular de la Cédula de Identidad N° 18.133. 857, en virtud de encontrarse llenos los requisitos exigidos para la procedencia de dicha medida, de conformidad con los artículos 493 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, debiendo pernoctar de Lunes a Viernes en el Centro de Tratamiento Comunitario ¿Francisco Canestri¿, ubicado en avenida Páez, de la Urbanización el Paraíso, Edificio Anexo a la casa de Reeducación y Trabajo Artesanal ¿La Planta¿, Caracas.