...PRIMERO: De conformidad con el procedimiento especial por Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado CARLOS DANIEL ACOSTA MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.601.004, ampliamente identificados en autos anteriores, a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 458 del Código Penal reformado, en perjuicio de la ciudadana IYEHIDA ANGNELIESSY RADA MUÑOZ. Igualmente, se le condena a las penas accesorias contenidas en los artículos 16 del Código Penal vigente y 267 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Por cuanto se evidencia de las actas que conforman el presente expediente, que el acusado CARLOS DANIEL ACOSTA MUÑOZ ha permanecido Privado de su Libertad por un lapso superior a la condena impuesta en este acto, DEJA SIN EFECTO la medida de coerción personal que pesa sobre el mencio.....