Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda por Acción Reivindicatoria, incoada por el ciudadano: COFFI ROJAS EMILIO ANTONIO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-8.230.190, contra la ciudadana: AURELIA NAHIR LOZADA LEON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.869.287. Publíquese, regístrese,
y déjese copia certificada de la anterior decisión en el copiador de sentencias definitivas de este Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo del Estado Bolivaria.....