En consecuencia se entienden como transados los conceptos de: Indemnización del articulo 130 LOPCMA del T. Adquisición de Prótesis, Intervención Quirúrgica, Gastos de Medicinas terapias etc, Transporte, Daño material, Daño moral, y visto como se han logrado conciliar las posiciones de las partes, escuchadas las manifestaciones de los justiciables, y siendo que no se han violentado normas de orden público, y se han preservado los derechos y garantías constitucionales contenidas en los artículos 49, 89, 257 y 258, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se da por culminada la controversia, liberando a la demandada JAMONES CURADOS S.A (JACUSA), inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado de Miranda el 06 de mayo de 1977, bajo el numero 35, Tomo 60-A y con traslado al Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, bajo el Nº de expediente 3345,.....