En razón de lo anteriormente expuesto, esta Sala Segunda (2º) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los abogados YUSVELY YELITZA MAYOR TORRES y EDGAR JOSÉ LUGO NORIEGA, actuando en su condición de Defensores Privados del ciudadano ARQUIMEDES ENRIQUE BRITO RADA; contra la decisión dictada en fecha 24-02-2018 por el Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del estado Miranda, con Sede Territorial en el Municipio Plaza y Competencia en el Municipio Zamora, mediante la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad al referido ciudadano por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORÍA y AGAVILLAMIENTO, tipificados en los artículos 453 numeral 3 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal y 286.....