REVOCA la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO acordada a favor del JHON JAVIER RINCON, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.201.430, en razón de haber incumplido el mismo con las obligaciones contraídas al momento de otorgársele la mencionada  fórmula  de  cumplimiento  de  pena,  de  conformidad  con el artículo 512 en concordancia con el numeral 1 del artículo 479 ambos del Código Orgánico Procesal Penal  y a consecuencia de ello se ordena su aprehensión y su inmediato traslado al Internado Judicial de Los Teques.