Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a YULAN MERCADO GLENDA BERSAIDA, de Nacionalidad Venezolano, de 42 años de edad, de estado civil viuda, de profesión u oficio Del Hogar, Residenciada en Santa Lucia, sector la variante, frente al comando de la Policía, casa N ° 47-39, Valles del Tuy, Estado Miranda, titular de la cedula de identidad N ° V-6.853.722, por el lapso de DOS (02) AÑOS; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 479, ordinal 1° y 493, 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal , dando estricto cumplimiento de las siguientes condiciones:
a) No ausentarse de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y del Área Metropolitana de Caracas, sin previa autorización de este Tribunal y de su delegado .....