...decide: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, se declara la extinción de la pena principal de ocho (08) años y tres (03) meses de prisión, así como de la pena accesoria de inhabilitación política, que fueran impuestas, en fecha tres (03) de julio del año dos mi ocho (2008) por el Tribunal de primera instancia en función de Control, No. 02, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, al ciudadano REINALDO JOSÉ GÓMEZ BORGES, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el día veintinueve (29) de junio del año mil novecientos ochenta y uno (1981), hijo de Elina Margarita Borges y Juan Bautista Gómez, titular de la cédula de identidad personal número V-15.649.909, de estado civil soltero, con grado de instrucción segundo año de bachillerato aprobado, de oficio carpintero, y con último domicilio en Villa de Cura, sector San Francisco de Asís, Caucaguita, Calle La Torre, casa nú.....