Sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, y habiendo revisado todos los recaudos aportados, a saber: 1) en copia certificada instrumento poder autenticado ante la Notaría Pública del Municipio Los Salias en fecha 25 de mayo de 2023, a través del cual se acredita a los abogados en ejercicio JOSE ANTONIO MARRERO IBARRA y ROSMAIRA YUDITH CAMPOS RENGIFO, para que representen los derechos e intereses del Estado Bolivariano de Miranda; 2) en copia simple gaceta oficial No. 5222 de fecha 24 de mayo de 2022, que acredita a la ciudadana MARIA GABRIELA TERÁN, como Procuradora General del Estado Bolivariano de Miranda; 3) en copia certificada documento de compra venta protocolizado ante el Registro Inmobiliario del Mu.....