NIEGA LA SOLICITUD DE SUSTITUCIÒN DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, contenida en el literal "G", de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, solicitada por la Dra. JEXI MAR VILLARROEL LORENZO, en su carácter de defensor del Adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, en consecuencia de lo antes expuesto se mantiene la medida cautelar impuesta en fecha 04 de Septiembre de 2009, en los mismos términos expuestos en la audiencia de presentación.