Este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana Saturna Maura González, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.845.975, respectivamente; sobre una bienhechuría de su propiedad, construida en un Lote de Terreno de Propiedad Municipal, que tiene una superficie de QUINIENTOS METROS CUADRADOS (500Mts2); ubicada en Callejón Silva, Sector Las Dalias, Casa Nº23, Parroquia Los Teques del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, dicha bienhechuría tiene un área de construcción de CUATROCIENTOS VEINTINUEVE METROS CUADRADOS, CON CINCUENTA Y OCHO DECÍME.....