PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Dr. WILMER SOLORZANO, en su carácter de defensor del ciudadano CLIMACO CISNEROS ANDRES MIGUEL, en el sentido que le sustituya la medida cautelar sustitutiva de Libertad decretada, fundamentándose para ello en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo antes expuesto se acuerda NEGAR la sustitución de la medida, y por ende SE RATIFICA la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad impuesta al ciudadano: CLIMACO CISNEROS ANDRES MIGUEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión, notifíquese a las.....