CONDENA al ciudadano ROBERTO ANTONIO QUINTANA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-19.685.396, natural de Ocumare del Tuy, Municipio Tomás Lander del estado Bolivariano de Miranda, donde nació el día 22-03-1990, de 20 años de edad, de estado civil, soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en mel sector San Vicente, calle Abiche, casa S/N, cerca de la fábrica de concreto OCNI, El Paraíso del Tuy, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del estado Bolivariano de Miranda, hijo de RAFAEL QUINTANA (V) y de ALEJANDRINA HERNANDEZ (V), a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, al ser hallado responsable penalmente como COOPERADOR INMEDIATO EN LA COMISION DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, tipificado en el artículo 405 en concordancia con los artículos 80 y 82, todos del Código Penal venezolano. CUARTO: CONDENA a la Acusados JORGE LUIS HERNANDEZ, EDWARD ALEXANDER HERNANDEZ BENCOMO y ROBERTO ANTONIO QUINTANA HER.....