Razones por las cuales procede a dictar el dispositivo en los siguientes términos: "Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO por Diferencia de Salarios Caídos y otros Conceptos, interpuesto por la ciudadana: URBINA SERRANO ZULEIMA, debidamente identificada en auto, en fecha 28 de Octubre de 2015, contra la empresa: "SUPERLIDER-LOS TEQUES, C.A."