Este Tribunal DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que las ciudadanas SILVANA MERCEDES ACOSTA DE MARCANO y SARA ELISA MARCANO ACOSTA venezolanas, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nros. V-4.843.509 y V-20.411.533, respectivamente, son las ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del de cujus JOSE BARTOLOME MARCANO GONZALEZ quien falleció en fecha 23 de enero de 2020, según consta de copia certificada de Acta de Defunción Nro. 128, de fecha 24 de enero de 2020, expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda. Devuélvanse a la parte solicitante las presentes actuaciones, original con sus resultas, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por la abogado MARIA ANTONIETA ROJAS NUÑEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.415, constante de dieciséis (16) folios útiles. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del C.....