DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA, que fuera impuesta al ciudadano CARLOS ENRIQUE NAVAS VALENTIN, quien es de nacionalidad venezolana, indocumentado, quien fue condenado por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, en fecha 18 de mayo de 2009 , a cumplir la pena corporal de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por ser autor responsable del delito de: HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, así como las accesorias establecidas en el Artículo 16 eiusdem, como resultado del cumplimiento de las obligaciones impuestas por este Tribunal, vale decir, el cumplimiento de la condena, lo cual extingue la responsabilidad criminal y en consecuencia se decreta la LIBERTAD PLENA del mismo; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo previsto en el Artículo 105 del Código Penal Y ASI SE DECLARA.-