ACUERDA DAR INCIO NUEVAMENTE AL DEBATE ORAL Y PÚBLICO, en la causa seguida contra los ciudadanos ESPINOZA TORRES TONY RAFAEL, PORRAS GAMEZ LUIS Y JHONNY ALEXANDER LEAL, por la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el cuarto aparte del artículo 358 del Código Penal, en perjuicio de PABLO VICENTE VILLEGAS SALAZAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de garantizar el Principio de Concentración, establecido en el artículo 17 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 335 eiusdem, en concordancia con lo establecido en el artículo 337 Ibidem. Asimismo, en este mismo acto, se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, para el día dieciocho (18) febrero del año 2005, a las NUEVE HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (9:30 AM). Librese las correspondientes boletas Notificación a todas las partes. Y ASI SE DECIDE. Regístrese, publíquese y déjese copia de.....