PRIMERO: Admite totalmente la Acusación Fiscal, en contra el adolescente (PROHIBIDA SU IDENTIFICACION), ampliamente identificado ut supra, por los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, DETENTACION ILICITA DE ARMA DE FUEGO Y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, prevista en los Artículos 460, 175, 277 y 278 del Código Penal y Artículo 5 y 6 ordinales 1°, 2°, 3° y 5° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano MIGUEL ANGEL JIMENEZ.
SEGUNDO: Se CONDENA al adolescente (PROHIBIDA SU IDENTIFICACION)anteriormente identificado, a cumplir la medida sancionatoria de Privación de Libertad dispuesto en el literal ¿F¿, del artículo 620y 628 de la ¿LOPNA¿, y en virtud que se produjo la Admisión de los Hechos, conforme a lo establecido en los artículos 583 de la LOPNA y 376 del ¿COPP¿, por remisión expresa del Artículo 537 de la ¿LOPNA¿, y habiéndose admitido la Acusación Fiscal por este Tribunal, modificándola en cuanto a la sa.....