DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN INTERPUESTA por el ciudadano Nicolás Camargo Velandia, en contra de LA SENTENCIA DEFINITIVA, dictada por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha catorce (14) de mayo del dos mil cuatro (2.004).
SEGUNDO: SIN LUGAR LA TACHA INCIDENTAL PROPUESTA por el ciudadano Nicolás Camargo Velandia, en contra del contenido del instrumento cambiario (letra de cambio) objeto de la demanda.
TERCERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, interpuesta por el abogado Yimmy Ángel Fernández Vargas, en contra de los ciudadanos Nicolás Camargo Velandia y Ana Belkis Parada de Camargo, y en consecuencia CONDENA Y ORDENA a los co-demandados a pagar lo siguiente:
A) la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 4.000.000,oo), que comprende el capital adeudado en la letra de cambio.
B) la cantidad que resulte de la INDEXACIÓN, sobre la cantidad de.....