Se DECLARA HOMOLOGADO el desistimiento interpuesto en fecha 10 de febrero de 2016 por la abogada YORLIN MIRIAM DÍAZ y ratificado en fecha 22 de febrero del año en curso por los ciudadanos ROINER DE JESÚS SOTO URBINA y RONALD ROMÁN SOTO URBINA, relativo al recurso de apelación de auto interpuesto en data 27 de enero de 2016 por la defensa técnica, contra la decisión dictada el día 21 del mismo mes y año por el Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional decretó contra los ciudadanos antes mencionados, la medida de privación judicial preventiva de libertad según lo dispuesto en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, tipificado en el artículo 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, LESIONES GENÉRICAS y AGAVILLAMIENTO, previstos en los artículos 413 y 286 del .....