Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por el ciudadano ISMEL ENRIQUE PEREIRA ARMAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-10.521.329, en contra de la ciudadana LEONIDAS RAFAELA HUERTA REVETE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.463.393, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha catorce (14) de septiembre de 1990, por ante el Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, tal como se evidencia en la copia certificada del Acta Nº 286, de los Libros de Registros de Matrim.....