Los Teques, 24 de Marzo de 2.003.
192º. Y 144º.
EXHORTO
SE HACE SABER
Al Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia:
Que este Tribunal, por auto dictado en esta misma fecha, en la causa No. 1E-148/02, acordó librar EXHORTO a ese Tribunal, a los fines de la supervisión, vigilancia y control de las medidas impuestas al adolescente IDENTIFICACION OMITIDA, cédula de identidad No. XXXXXXX, fecha de nacimiento 17/02/87, de 15 años de edad, venezolano, residencia OMITIDA.-
El adolescente IDENTIFICACION OMITIDA, fue sentenciado por el Juzgado del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 02/08/2002, a cumplir con la medida de Privación de Libertad, conforme a lo establecido en los artículos 620 literal ¿f¿, en concordancia con el artículo 628 parágrafo segundo literal ¿a¿ ,de la Ley Orgánica para la Protección d.....