NIEGA la solicitud de revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad, interpuesta por la Dra. DORCY GONZALEZ, en su carácter de defensora del ciudadano CASTILLO MARTINEZ FELIX JABE, titular de la cédula de identidad N° 19.734.834, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.