EXTICIÓN DE LA PENA PRINCIPAL y LAS ACCESORIAS, que fueran impuestas al ciudadano NOEL JOSÉ MAYORA, titular de la Cédula de Identidad N°V-17.452.278; por el Juzgado Primero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y NUEVE (09) MESES DE PRESIDIO por ser autor responsable del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN tipificado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 80, ambos del reformado Código Penal. Igualmente se DECLARA la EXTINCIÓN de la responsabilidad criminal y la LIBERTAD PLENA del referido ciudadano. Todo conforme con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos 105 y 20 del Código Penal.......