DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL y DE LAS PENAS ACCESORIAS, previstas en el Artículo 13 del Código Penal, que fueran impuestas al ciudadano DANNYS JAVIER RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.692.090, quien fue condenado por el Juzgado Cuarto en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 31 de mayo del año 2004, a cumplir la pena corporal de CUATRO (04) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, por ser autor responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 412 del Código Penal, igualmente se extinguen las penas accesorias a que fue condenado, previsto en los artículos 13 y 34 del Código Penal y en consecuencia se decreta la LIBERTAD PLENA del mismo, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.