Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Abogada ANA MIGUELINA MUENTAS DE SANTANA, inscrita en el Inpreabogado Nº73.752, quien actúa en su propio nombre y representación, contra el auto proferido en fecha 30 de enero de 2013, por el Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción judicial del Estado Miranda.
Segundo: SE CONFIRMA con distinta motiva el auto proferido en fecha 30 de enero de 2013, por el Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción judicial del Estado Miranda.
Tercero: Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Cuarto: Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen, en su debida oportunidad legal.
Quinto: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho, y déjese copia de la presente decisión.