PRIMERO: Admite totalmente la acusación del Ministerio Público, en contra de los adolescentes PROHIBIDA SU IDENTIFICACION, anteriormente identificado, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS, previsto en el artículo 460 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal.
SEGUNDO: Este Tribunal condena a los adolescentes PROHIBIDA SU IDENTIFICACION, y en cuanto a la aplicación de la medida sancionatoria a imponer, analizadas y comparados cada una de las pautas, causas o factores determinantes de la medida sancionatoria aplicable, a tenor de lo previsto en el artículo 622 de la Ley Orgánica Para la Protección del niño y del Adolescente, en todo caso para determinar el tiempo de duración de aquellas correspondiente al delito por el cual fue acusado por la representación fiscal, y en el presente caso la solicitud de la medida sancionatoria privativa de libertad, tomando en consideración la acción desplegada por cada uno de los adolescentes en la comis.....