Sobre la base de las anteriores consideraciones, este tribunal primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, NIEGA EL BENEFICIO DE PRELIBERTAD, DESTACAMENTO DE TRABAJO, a los penados. AGLE ALBERT COVA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.874.855, y WILLIANS ERNESTO SEPULVEDA HUICE, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.926.131, por incumplimiento de los requisitos de procedibilidad , todo de conformidad con lo establecido en los artículo 501, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, con relación al artículo 65 de la ley de Régimen Penitenciario.