Por todo lo antes señalado este Juzgado Tercero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, OTORGA el beneficio de SUSPENCION CONDICIONAL DE EJECUCION DE LA PENA, al penado FREDDY ANTONIO NAVAS GARCIA , titular de la Cédula de Identidad Nro 17.118.820, por el lapso de UN (1) AÑO, CINCO (05) MESES Y CATORCE (14) DIAS, contados a partir de su primera presentación por ante el Delegado de Prueba, ello conforme a lo establecido en los artículos 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal.