ORDENA: No modificar ni sustituir las Medidas Impuestas al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a tenor de la atribución contenida en el literal ¿a¿ del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como lo es vigilar que se cumplan las medidas de acuerdo con la Sentencia que la ordena. ASÍ SE DECIDE.-. Notifíquese a las partes.-