DECIDE:
UNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA IMPUESTA al ciu-dadano ANDRES ALBERTO ESPINOZA, de colombiana, nacido el 23-09-1.980, titular de la cédula de ciudadanía Nº E.82.092.152, residenciado en Avenida Los Agustinos, cruce con la Universidad ULA, quinta Lala, San Cristóbal, , Estado Táchira, de TRES MESES DE PRISION, por el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, y en consecuencia se decreta SU LIBERTAD PLENA y la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL, derivada de la comi-sión del tal hecho punible, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal. Líbrese las respectivas notificaciones.
Abog. VILMA CHAPARRO DE NAVA
Juez de Ejecución Nº 02
Abg. CAROLINA VELASCO GÓMEZ
Secretaria
VChdN/mtrr
Exp: 2208-05-E2