Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta privación judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano VASQUEZ FUENTES HECTOR JOSE de acuerdo a lo establecido en los Artículos 250, 251 en sus ordinales 2 y parágrafo primero y, 252 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal por la presunta comisión de los delitos de Concusión, Violación de domicilio, Robo Impropio y, Agavillamiento, quien será recluido de forma cautelar en el Centro de Procesados Militares (CENAPROMIL)
TERCERO: Se decreta medida cautelar sustitutiva de la privación ju.....