Debiendo presentar dos (02) personas que se constituyan en fiadores los cuales deberán devengar cada uno el monto equivalente a CUARENTA (40) UNIDADES TRIBUTARIAS, es decir, que una vez satisfecha la fianza es cuando se procedería a emitir la boleta de excarcelación correspondiente; en la cual se le solicita al Tribunal le sea sustituida esta última el acusado no cuenta con capacidad económica para cumplir con la misma.