ADMITE el Recurso de Apelación en relación al artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal interpuesto por los profesionales del derecho ELIADE MARGARITA ISTURIZ, LISBETH OROZCO Y JOSÉ GREGORIO AMUNDARAIN VELÁSQUEZ, actuando en su carácter de defensores privados de los imputados CHACIN MARTINEZ GIOVANNY JOSE Y AMUNDARAIN BONILLO WILFREDO, en contra la decisión dictada en fecha veintiséis (26) de julio de 2012, por Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, extensión Barlovento, mediante la cual decreta Medida Privativa de Libertad.