Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA FALTA DE INTERES PROCESAL de los ciudadanos LIZBETH SURELLY GOMEZ MONSERRATTE, JOEL NATHAN GOMEZ MONSERRATTE y JONATH SAMUEL GOMEZ MONSERRATTE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.253.328, V-14.454.880 y V-10.117.137, respectivamente, en materializar su pretensión de declaración de únicos y universales herederos. Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.