Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primera: Con lugar la revisión de la medida cautelar sustitutiva de libertad consistente en detención domiciliaria en su propio domicilio, CUA CALLE LEONARDO RUIZ PINEDA CASA SIN NUMERO ESTADO MIRANDA en favor del ciudadano :JOSE GREGORIO BRIZUELA ESTRADA ,nacionalidad venezolana, estado civil soltero , profesión u oficio mecánico ,edad 37 años titular de la cédula de identidad No 6.991.436 Como consecuencia de lo anterior quedará de igual forma el acusado comprometido por medio de acta que a tal efecto se ordena levantar, a no ausentarse del Municipio CUA del Estado Miranda y a presentarse cada ocho (8) días a la sede de éste Tribunal de conformidad con establecido e.....