ACUERDA: PRIMERO: Se DECRETA LA DETENCIÓN FLAGRANTE del imputado PALMA JOSE ANTONIO, nacionalidad: Venezolano, natural: de Paracotos-Estado Miranda, fecha de nacimiento: 16/07/1959, edad: 48 años, profesión u oficio: Cauchero en el kilómetro 50, de la carretera regional del centro en Pare Stop, nombre de sus padres: CARMEN ROSA PALMA (f) y ANTONIO BORGES (f), residenciado en: Calle la ceiba, sector el Latón, casa s/n, de zinc, por donde están las torres, titular de la Cédula de Identidad: Nro. 6.652.480, estado civil: soltero; por la presunta comisión de los delitos de VIOLACION Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 347 en su encabezamiento y 218 ordinal 1del Código Penal; de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: ACUERDA IMPONER al imputado PALMA JOSE ANT.....