Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por el Representante del Ministerio Público; SEGUNDO: SE ANULA la decisión dictada por el Juzgado Mixto Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Barlovento, de fecha 08 de julio de 2004 y publicada la sentencia el 02 de agosto del mismo año, mediante el cual declara al ciudadano MANUEL ALEJANDRO ESPINOZA BLANCO, NO CULPABLE y en consecuencia lo ABSUELVE de la imputación atribuida por el Ministerio Público, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el derogado artículo 407, actualmente 405 del Código Penal Venezolano Vigente, de conformidad con lo previsto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal; en perjuicio de NEHOMAR ARTURO MORENO ROSA (occiso); todo de conformidad con lo establecido en los artículos: 49.1 y 26 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, 19.....