DECLARA REDIMIDA LA PENA al ciudadano OVIEDO ROMERO DOMINGO ALBERTO, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.159.008, por un tiempo de DOS (02) MESES Y DIEZ (10) DIAS, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 507 Y 508 del Código Orgánico Procesal Penal y 3, 5 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y Estudio. Y ordena la práctica de un nuevo cómputo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.