Este Tribunal observa: Que probada como ha sido lo alegado por la ciudadana: JOHANA FERNANDEZ REVETE, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de identidad N° V-13.834.297, y vista la obviedad del error denunciado, tal como se evidencia del acta de defunción cursante al folio N° (06), que efectivamente se señalo el Estado Civil del difunto AGUSTIN FERNANDEZ DARIAS, titular de la cédula de identidad N° V-2.107.587, como CASADO; Este Tribunal de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, ordena la rectificación del acta de defunción, en el sentido de corregir el estado civil del difunto AGUSTIN FERNANDEZ DARIAS, donde aparece "De estado civil casado con: Carmen Ureña López (difunta)", debe decir "De estado civil: VIUDO con: Carmen Ureña López (difunta)".