Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la demandada. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 08 de julio de 2016, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en consecuencia; se declara CON LUGAR la demanda que por cobro de DIFERENCIA SALARIAL, incoaran las ciudadanas SANDRA ELVIRA RIVAS RICARDO, NORELLYS MARILYS GONZALEZ RUSSO y YANNET DEL CARMEN PEREZ, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V-12.168.804, V-11.489.239 y V-13.568.049, respectiv.....