- DISPOSITIVA.-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna Declaro: PRIMERO: Se decreta la PERENCION DE LA INSTANCIA, de la solicitud signada bajo el N°- 1338-2021, JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, incoada por la ciudadana: LILIANA MARIA CARBONEL MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° v-15.200.455, De conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, y consecuentemente, SEGUNDO: EXTINGUIDO LA PRESENTE SOLICITUD N°1338-2021 solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 270 Ejusdem TERCERO: por cuanto se evidencia que el mismo se encuentra.....