Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos JUDITH DEL CARMEN LOZADA de RIVERA, IVAN JAVIER RIVERA LOZADA y CARLOS ROBERTO RIVERA LOZADA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.960.880, V-11.036.830 y V-12.879.531, respectivamente, Únicos y Universales Herederos del causante DANIEL EMILIO RIVERA SANTINI (), quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.403.073, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déjese copia.
Publíquese en l.....