Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECRETA: TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana LORENA APOLINAR PANTOJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-10.890.874, sobre bienhechurías ubicadas en Parroquia Cúa, Charallave, municipio General Rafael Urdaneta, del estado Bolivariano de Miranda, construida en un terreno propiedad administrado por el Municipio General Rafael Urdaneta, del estado Bolivariano de Miranda; declara haber fabricado a su solas y únicas expensas, con dinero de su propio.....