Por los razonamientos anteriormente expuestos este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: conforme a lo establecido en los artículos 4 y 7 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y conforme a las sentencias reiteradas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, SE DECLARA LA INCOMPETENCIA PARA CONOCER DE LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, en tal sentido se acuerda remitir de inmediato las actuaciones a la Corte de Apelación del Estado Miranda, para que conozca del Amparo Constitucional interpuesto por el abogado José Luís Graterol, a favor del ciudadano Daniel Alberto Navarro Solórzano.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ROBINSON SUAREZ ROMANO
EL SECRETARIO
JOSE LUI.....