Primero: se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha 27 de abril de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, respecto a la solicitud de interdicción interpuesta por la ciudadana AIDA CRISTINA GIRON RIVAS, en virtud del padecimiento mental de su madre EULALIA AIDA RIVAS DE GIRON, titular de la cedula de identidad N° 287.747.
Segundo: SE DECLARA la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana EULALIA AIDA RIVAS DE GIRON, titular de la cedula de identidad N° 287.747, quien es venezolana, mayor de edad, nacida en fecha 12 de febrero de 1926, quedando ésta limitada del ejercicio de sus derechos tales como celebrar transacciones, dar ni tomar a préstamo, percibir créditos, dar liberaciones, enajenar o gravar sus bienes, o para ejecutar cualquiera otro acto que exceda la simple administración de sus bienes, sin la previa intervención de la tuto.....