...Primero. Se decreta la flagrancia de los hechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y se decreta que se siga la causa por los trámites del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Acoge la precalificaron dada por el Representante Fiscal como lo es el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal vigente.
Tercero: Decreta LA PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD del ciudadano ROLANDO FELIPE SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.252.258, de 27 años de edad, de estado civil soltero, natural de Caracas, nacido el 02-10-1972, de profesión línea de moto taxi, domiciliado: en el Primer callejón las dos rosas, casa Nro. 3, donde queda la fabrica de cemento, La Vega, por considerar quien aquí decide que se encuentran llenos los extremos del artículo 250 y numerales 2 y 3 y parágrafo primero del artículo 25.....